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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319211
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 440
CARROS TANQUES DEL FERROCARRIL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 440
Para los efectos arancelarios los carros tanque del ferrocarril en que se importa gas industrial, deben considerarse como medios de transporte y no como envases, y por tanto debe aplicárseles, la cuota correspondiente a aquellos y no la relativa a éstos últimos; confirmándose, así, la propia estimación que la Secretaría de Hacienda ha hecho sobre el particular, en la clasificación arancelaria producida en oficio de 14 de abril de 1948.
Precedentes
Revisión fiscal 27/51. Secretaría de Hacienda ( Daniel Vela, S. A.). 13 de julio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Relator: Octavio Mendoza González.