Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/319255
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319255
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1049
HERENCIAS Y LEGADOS LIQUIDACION DEL IMPUESTO A.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1049
El derecho del fisco a percibir determinada suma por concepto de impuesto sucesorio, y por consiguiente, la obligación correlativa del causante de cubrirlo, está regido por la ley que estuvo en vigor en la fecha del fallecimiento es decir, por el valor fiscal del bien que sirvió para el pago del impuesto predial en tal fecha.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7873/49. Tornel y Ricoy Fernando, Suc. de. 3 de agosto de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.