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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319265
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1233
MARCAS, SIMILITUD DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1233
Para discernir si la similitud de marcas amerita la nulificación de la registrada en segundo termino, no basta para que haya un parecido entre ellas, lo esencial es que este parecido pueda inducir al público a error perjudicial. Tratándose de marcas que amparan productos farmacéuticos de composición especifica distinta, fácil de apreciarse por los médicos o expertos que prescriban el uso de tales productos, el simple parecido de los nombres de aquéllos, no puede inducir a error o confusión del público, si tales productos se aplican al destino racional y de control técnico que les corresponde.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 613/51. Laboratorios "Laif", S. A. 9 de agosto de 1951. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Nicéforo Guerrero. Relator: Franco Carreño.