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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319309
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2249
UTILIDADES EXCEDENTES (ANTICIPOS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2249
No estando obligado a cubrir el causante utilidades excedentes, por sentencia ejecutoria que en su favor haya dictado, menos lo está para cubrir anticipos que sobre el propio impuesto le exija el jefe de la Oficina Federal de Hacienda y la Secretaría del propio ramo.
Precedentes
Revisión fiscal 78/51. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Cámara Chan José y coagraviados). 7 de septiembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Octavio Mendoza González.