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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319321
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2491
EXPROPIACION POR CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA. (ES FACULTAD Y NO OBLIGACION).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2491
La garantía conferida por el artículo 27 de la Constitución en cuanto declara que "las expropiaciones solo podrán hacerse por utilidad pública y mediante indemnización" se dá en favor de los propietarios y no a beneficio de los particulares que solicitan expropiaciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6311/47. Empleados Federales En l Estado de San Luis Potosí. 17 de septiembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.