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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319335
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2601
PRUEBA EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2601
La prueba ofrecida y presentada en el incidente de suspensión y no en el juicio, es ineficaz en este último, pues el incidente y el juicio en lo principal tienen diferentes finalidades y se rigen por normas distintas; para que surta efecto la prueba aludida debe ofrecerse y presentarse en el juicio en lo principal, sin que el sentenciador pueda tomarla en cuenta oficiosamente, porque, por su propia naturaleza, el juicio de garantías es eminentemente contencioso.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5497/50. Díaz Omar. 24 de septiembre de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.