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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319337
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2658
AMPARO ADMINISTRATIVO, DEFICIENCIA DE LA DEMANDA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2658
Siendo el juicio de amparo en materia administrativa de estricto derecho, la Suprema Corte no puede, de oficio, suplir la deficiencia de la queja.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4920/51. Sánchez Flores Pedro y coagraviados. 26 de septiembre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett B.
Quinta Epoca:
Tomo CIX, página 3004. Indice Alfabético. Amparo en revisión 9573/49. Boustiere Pujos Eugene George Hanry. 26 de septiembre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Manuel Bartlett Bautista.