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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319387
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 598
PRUEBA, DILIGENCIACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 598
La Suprema Corte sostiene el criterio de que, las diligencias de prueba que en auxilio de la Junta se practiquen en lugares distintos de su jurisdicción, deben ser encomendadas a otras Juntas de Conciliación y Arbitraje y no a los inspectores del trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 10401/49. Gómez Leandro y coags. 12 de abril de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.