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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319388
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 600
TESTIGOS, PRUEBA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 600
Si las contradicciones en que incurrieron los testigos no son de carácter esencial, la Suprema Corte no puede substituir su criterio al de la autoridad responsable, para obligarla a que califique en forma distinta la prueba de los mencionados testigos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7613/50. Ugalde Mejía Baltasar. 12 de abril de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.