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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319392
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 729
IMPUESTO SOBRE LA RENTA A SUCURSALES (LEGISLACION DE NUEVO LEON).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 729
Los impuestos sobre ingresos mercantiles deben pagarse en el lugar en donde se venden las mercancías, directamente al consumidor, porque allí precisamente es donde se obtiene el valor de las mismas y su utilidad, y al enviar la mercancía a una sucursal, en realidad nada le venden, razón por la cual es improcedente el cobro del mencionado impuesto hecho a una matriz por mercancías vendidas por una sucursal establecida fuera del Estado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1322/51. "Distribuidora Apolo", S. A. 23 de abril de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.