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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319400
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 844
IMPORTACION, PRECIO DE LAS MERCANCIAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 844
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público no goza de arbitrio para fijar los precios oficiales de los artículos de importación, porque tiene la ineludible obligación de ceñirse para ello, estrictamente, a las reglas establecidas.
Precedentes
Revisión fiscal 249/50. Secretaria de Hacienda y Crédito Público ("L.G. Aguilar"). 26 de abril de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.