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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319408
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1378
AUTORIDADES, OMISIONES DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1378
El hecho de que el funcionario respectivo se abstenga de firmar por tiempo indeterminado la orden que creó derechos en favor de una persona, debe entenderse como la abstención para hacerlo, esto es, la revocación por dicho funcionario de la orden que la creó, lo cual es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9149/50. Zavala Lúa Antonio. 9 de mayo de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.