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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319438
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1889
ACTOS CONSENTIDOS, CONSECUENCIA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1889
No lo es, en el caso de la Ley de treinta de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho, la circular número 102-A-4-132 de once de octubre de mil novecientos cuarenta y nueve, girada por la Secretaría de Hacienda, porque el régimen de participaciones de los Estados, y el Distrito Federal, instituido por la Ley mencionada en los Impuestos al Cemento, sólo es operante hasta que el Estado interesado se acoja al régimen, o haga la declaratoria correspondiente y se cumplan condiciones específicas, por lo que la simple expedición de la Ley no es de autonómica ejecución.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6222/50. Cemento Portland Blanco de México. 20 de junio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.