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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319444
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2086
PERMISOS DE RUTA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2086
De acuerdo con el artículo 8o., fracción IV, de la Ley de Vías de Comunicación, para la concesión de nuevos permisos de ruta, es indispensable que se haga un estudio previo por la Comisión Técnica Consultiva y si no se llevó a cabo tal estudio, para conceder los permisos de ruta, es claro que se violó el aludido precepto de la ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6662/50. Líneas Unidas del Norte, S. A. 28 de junio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.