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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319456
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2322
QUINCE POR CIENTO AD VALOREM, CARACTER DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2322
El decreto que lo crea no implica doble tributación, porque el impuesto no grava la producción misma que se causa por la actividad productora ni por el concepto de utilidades que se causan en Cédula I, en relación con el impuesto sobre la renta, porque este se contrae a la actividad productora, en funciones de lucro.
Precedentes
Tomo CVIII, página 2559. Indice Alfabético. Amparo administrativo en revisión 6539/50. Mexican Fibre Company, S. A. 13 de junio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Relator. Manuel Bartlett Bautista.
Tomo CVIII, página 2559. Indice Alfabético. Amparo administrativo en revisión 5083/50. Mexican Fibre Company, S. A. 13 de junio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Relator. Manuel Bartlett Bautista.
Tomo CVIII, página 2559. Indice Alfabético. Amparo administrativo en revisión 1733/50. Mexican Fibre Company, S. A. 13 de junio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Relator. Manuel Bartlett Bautista.
Tomo CVIII, página 2322. Amparo administrativo en revisión 7690/49. Hamelius Rodolfo E. 11 de junio de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 262, página 449, de rubro "IMPUESTO AD VALOREM, CARACTER DEL.".