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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319469
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 152
AGUAS, COMPETENCIA EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 152
Tratándose de conflictos y dificultades por el uso y aprovechamiento de aguas de jurisdicción federal, no compete a las autoridades administrativas locales la intervención ni imponer sanciones, ya que esa competencia es de la Secretaría de Recursos Hidráulicos y de las autoridades de su dependencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7508/50. Sánchez Félix. 11 de enero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Relator: Franco Carreño.