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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319471
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 156
COOPERACION, RECURSOS EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 156
Si no se reclama la equivocación aritmética habida en los cálculos efectuados para cubrir el impuesto por plusvalía, sino la indebida aplicación de diversos preceptos legales, no es necesario agotar el recurso establecido en el artículo 416 de la ley de hacienda, antes de acudir al amparo.
Precedentes
Revisión Fiscal 118/49. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Laresgoiti Florentino y coagraviados). 11 de enero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Relator: Franco Carreño.