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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319473
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 205
CHICLE, ACUERDO DISMINUYENDO SUBSIDIOS A LA EXPORTACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 205
El acuerdo presidencial que disminuyó el subsidio a los exportadores de chicle, no tiene las características de un acto legislativo o reglamentario. En efecto, no es lo primero, porque el referido acuerdo no provino del Poder Legislativo, ni del Ejecutivo en uso de la facultad de dictar leyes; ni lo segundo, porque no provee en la esfera administrativa, a la observancia de la ley, sino que tan sólo determina la cuantía que se autoriza como subsidio a los exportadores del producto, acto que no tiende a fijar la manera y forma de aplicar las disposiciones de la ley. Por tanto, no hay razón para exigir que se presente una demanda de amparo contra tal acuerdo, en el término de quince días, a partir de la publicación del mismo en el Diario Oficial, sino que el plazo debe computarse desde la fecha de la notificación personal o por edictos.
Precedentes
Revisión fiscal 112/50. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Suárez Jiménez Armando). 12 de enero de 1951. La publicación no menciona la votación del asunto ni el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo CI, página 1346. Revisión fiscal 123/49. Asociación Agrícola Local de Productores de Chicle del Sureste. 8 de agosto de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.