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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319487
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 686
SOCIEDADES, CUANDO DEBEN RETENER EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 686
El pago de sueldos a empleados, sobre los cuales deben retener las sociedades el impuesto respectivo, debe entenderse hecho hasta el momento en que se hace la entrega de los sueldos, la obligación de retener el impuesto, sólo se concibe hasta el momento de hacer la entrega material correspondiente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3635/50. Liquidadores de Ingenieros, S.A. de C.V. 31 de enero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Ponente: Manuel Bartlett Bautista.