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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319503
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 954
DIVIDENDOS, IMPUESTOS POR.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 954
La reforma del artículo 67 bis del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que establece que al dar dividendos, deberá pagarse aquél independientemente de que se tenga o no la distribución de utilidades, va más allá de las disposiciones de la ley citada y por tanto, su aplicación es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1429/49. Compañía Inversionista de Pachuca, S.A. 8 de febrero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Relator: Franco Carreño.