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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319519
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1401
SOCIEDADES, DEDUCCIONES POR SUELDOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1401
Es improcedente rechazar deducciones de los sueldos percibidos por gerentes, administradores, etc., con fundamento en el Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, pues las disposiciones reglamentarias de una ley no pueden modificar los términos de ésta, y el artículo 6o. de la ley, no establece limitación alguna al monto de esos sueldos.
Precedentes
Revisión fiscal 194/50. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Madreyfus, S.A.). 16 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.