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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319557
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 95
LEY FORESTAL, RETROACTIVIDAD DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 95
El artículo 4o. transitorio de la Ley Forestal, no hace otra cosa que obligar a quienes estaban llevando a efecto explotaciones o aprovechamientos con apego a la ley que se deroga, a que se regularicen en los términos de la nueva ley, lo que únicamente significa que al quedar fuera de vigencia las disposiciones legales que normaban las explotaciones o aprovechamientos forestales en forma armónica con las concesiones, permisos o autorizaciones correspondientes, es indispensable que dichas explotaciones o aprovechamientos se sigan rigiendo por las nuevas disposiciones legales, ya que de otra manera serían arbitrarias y desordenadas; pero tal cosa no significa la derogación o reforma sustancial de los derechos amparados por la concesión.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1148/49. Maderera de Occidente, S. de R. L. 5 de octubre de 1950. Mayoría de tres votos. Relator: Nicéforo Guerrero.