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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319576
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 563
SEGURO SOCIAL, SUSPENSION CONTRA EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 563
Los pagos de aportaciones que se derivan de las disposiciones de la Ley del Seguro Social, tienen el carácter de créditos fiscales y por lo mismo la suspensión correspondiente no está regida por la fracción II del artículo 124 de la Ley de amparo, sino por el artículo 135 de la misma.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 8335/48. Cía de Tranvías, Luz y Fuerza de Puebla. 16 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.