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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319587
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 692
CONCESIONES, PERDIDA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 692
No puede reputarse perdido el derecho de una persona para impugnar la concesión otorgada a unos terceros por el hecho de que ésta haya quedado inscrita con anterioridad a la solicitud de inexistencia, ya que tal registro no tiene más efecto que establecer en forma definitiva, los derechos relativos, en relación con terceros, los cuales pueden impugnarlos en el momento en que tengan conocimiento de ellos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5176/50. Hernández Arcadio. 19 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett. Relator: Franco Carreño.