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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319611
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1173
MILITARES, PENSIONES A LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1173
Al establecer el artículo 7o., transitorio de la Ley de Retiros y Pensiones Militares, que las pensiones en trámite se regirán por la ley más favorable, aun cuando se fijen en hechos anteriores a la vigencia de la actual, es indudable que tiene la intención de favorecer a los menores que antes de la vigencia de la ley actual gozaban del beneficio que ésta les concede.
Precedentes
Revisión fiscal 158/50. Secretaría de Hacienda y Crédito Público, (Canseco Jiménez Francisco). 6 de noviembre de 1950. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.