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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319618
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1412
TERRENOS NACIONALES, DESLINDE DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1412
Por sí mismo, el "deslinde", no resuelve si unos terrenos deben o no venderse, rentarse o reservarse para fines de colonización y de irrigación, puesto que estas materias no constituyen el objeto inmediato del deslinde, ni están regidas por el Decreto de dieciocho de diciembre de mil novecientos nueve, o su Reglamento, ya que la materia propia de tal acto, es definir los derechos de la Nación sobre el terreno en que se lleva a cabo, frente a los particulares que alegan derechos de propiedad o posesión sobre el mismo, a través del procedimiento de deslinde, así como para definir qué terrenos tienen categoría de Nacionales y cuando son partes de la Nación y cuando particulares. Por tanto, el simple solicitante de venta de un terreno nacional sujeto a deslinde, no es parte en tal procedimiento, y por lo mismo no puede ser opositor a los derechos de la Nación, pues la acción judicial correspondiente solamente se dá a quienes se han opuesto durante las operaciones de deslinde.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5281/49. Hernández Santiago y coags. 13 de noviembre de 1950. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.