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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319622
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1581
PRUEBAS EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1581
El Juez no está obligado a tener en consideración más que las pruebas del expediente en que se dicte sentencia y no las que obran en pieza distinta y con respecto de las cuales el interesado no haya pedido la compulsa correspondiente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1830/50. Martínez Chávez Juan. 17 de noviembre de 1950. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza Gozález.