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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319625
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1624
PROCEDIMIENTO, REPOSICION DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1624
Si no se precisan en una sentencia con claridad y precisión los actos reclamados, ni tampoco contiene puntos resolutivos en los que concretamente se diga en qué forma se resuelve el juicio, es necesario reponer el procedimiento, para el efecto de que se llenen los requisitos del artículo 77 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5531/50. Troncoso y España Carlos J. 22 de noviembre de 1950. Mayoria de cuatro votos. Disidente: Nicéforo Guerrero. Ponente: Manuel Bartlett B.