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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319687
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 278
RENTAS, AUMENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 278
Del artículo 3o., del decreto de treinta de diciembre de mil novecientos cuarenta y siete, se desprende que sólo es susceptible el aumento de rentas, cuando concurren las siguientes hipótesis: mejorar a la propiedad, que éstas se justifiquen plenamente y que se tomen en cuenta la capacidad económica de los inquilinos. No justificados estos requisitos, la resolución que permite el aumento es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1688/50. Alemán Alvarez Raúl y coags. 10 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.