Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/319700
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319700
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 590
EXPROPIACION, TERMINO PARA INTERPONER RECURSOS CONTRA LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 590
La obligación de agotar el recurso establecido en la Ley de Expropiación, antes de acudir al amparo, no desaparece por la falta de notificación personal del decreto relativo, pues lo único que sucede es que no le corra a los afectados el término para interponer el recurso.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3123/50. "Prescas" S. A. 20 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.