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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319729
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1330
SUSPENSION, CUANDO NIEGA EL ACTO LA AUTORIDAD ORDENADORA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 1330
Es improcedente conceder la suspensión contra la ejecución del acto, cuando la autoridad ordenadora lo negó, pues sería incongruente que una autoridad ejecutora llevara a cabo medidas inexistentes.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1391/50. Sociedad Cooperativa de Pescadores, "Mar de Cortés", S. C. L. 11 de agosto de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Octavio Mendoza González.