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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319747
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2299
MEDICINA, SUSPENSION CONTRA LA PROHIBICION DE EJERCERLA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2299
Si no queda demostrado en amparo, que el quejoso tiene autorización para ejercer como práctico la medicina, debe negarse la suspensión contra la orden de clausura del consultorio del mismo, ya que ello tiene como finalidad proteger la salubridad pública en general.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 9571/49. Arzaga M. José. 11 de septiembre de 1950. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.