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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319748
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2302
ARROZ, SUSPENSION CONTRA EL ACUERDO QUE LE FIJO PRECIO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2302
Es improcedente conceder la suspensión contra el acuerdo en que se fijó determinado precio al arroz en el Estado de Morelos, por ser un acto consumado y procede negarla contra la ejecución material del mismo, ya que tal acuerdo es de interés general, porque la fijación de precio al arroz, fue dictada para evitar su alza inmoderada, como artículo de primera necesidad.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1460/50. Benítez Miguel. 11 de septiembre de 1950. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.