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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319751
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2555
CERTIFICADOS DE INAFECTABILIDAD EN MATERIA AGRARIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2555
Sentado que es de naturaleza agraria el acto tendiente a facilitar tierras a los campesinos que no las posean y que por lo mismo el procedimiento debió sujetarse al Código Agrario, es indudable la supremacía que como autoridad en esta materia se asigna por la ley al Ejecutivo Federal y por tanto, debe prevalecer el certificado de inafectabilidad existente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8650/49. Llaguno viuda de Ortiz María. 25 de septiembre de 1950. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.