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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319757
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2681
AYUNTAMIENTO, FACULTADES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 2681
Las facultades de los Ayuntamientos no son arbitrarias sino que deben ejercitarse dentro de las leyes y por lo mismo, es violatoria de garantías la orden emanada de un acuerdo tomado por un Ayuntamiento y girado por un simple aviso, prohibiendo la construcción de una casa; máxime, si ésta no rompe el lineamiento de la calle respectiva.
Precedentes
Amparos administrativos acumulados en revisión 909/50. Salgado Sotelo Juan. 29 de septiembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Octavio Mendoza González.