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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319782
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1005
TRIBUNAL FISCAL, COMPETENCIA DEL PARA ESTATUIR SOBRE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1005
Aun cuando la Segunda Sala sostuvo alguna vez que el Tribunal Fiscal puede conocer de las cuestiones relativas a constitucionalidad de las leyes, con posterioridad a tal tesis, ha seguido aplicando la jurisprudencia establecida en el sentido contrario, esto es, que sólo el Poder Judicial de la Federación es el competente para conocer de dichas cuestiones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8001/49. Tagle Aguilar José. 28 de abril de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.