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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319787
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1198
PROFESIONES, CONTROL DEL EJERCICIO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1198
Aun cuando la Ley General de Profesiones dio a la dirección, el control del ejercicio profesional, ello no quiere decir que para los efectos del Código Sanitario, la Secretaría de Salubridad y Asistencia, dentro de su misión, no deba cumplir con todo aquello que tenga como finalidad garantizar la higiene y la salud sociales, sin que exista oposición alguna entre las dos leyes, en lo relativo a que quienes ejercen sin título, lo hagan constar así en sus avisos.
Precedentes
Tomo CIV, página 2833. Indice Alfabético. Amparo en revisión 2147/50. Barrera Aivar José. 5 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Ponente: Nicéforo Guerrero.
Tomo CIV, página 1198. Amparo administrativo en revisión 4004/49. Aguilar Carpintero Amado. 3 de mayo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett B. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.