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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319805
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1640
EXTRANJEROS, REFRENDO DE SUS TARJETAS MIGRATORIAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1640
Es indudable que la detención, la privación de la libertad y la deportación de un extranjero, aunque no hayan sido dictadas, son actos contra los cuales procede el amparo, cuando son la consecuencia ineludible de la situación real en que se encuentra tal extranjero, a causa de la falta de refrendo de su tarjeta de inmigrante, cuando tal refrendo haya sido negado, y de los requisitos indebidos que se le pidan llenar.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 573 /50. Fernández Romano Anita. 8 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett B. Relator: Franco Carreño.