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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319811
- Clave de tesis
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1920
REVISION EN AMPARO CONTRA LEYES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1920
Si se interpone revisión por el ciudadano Presidente de la República, en el amparo pedido contra una ley, en fecha anterior al decreto que consideró al ciudadano presidente como autoridad ordenadora, debe aplicarse el criterio en el sentido de que en amparo contra leyes, debe desecharse la revisión cuando sólo se interpone por las autoridades que no expidieron la ley, por ser consideradas como ejecutoras.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1691/50. Fábrica de Hielo "El Cristal", S.A. 15 de junio de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: Manuel Bartlett B. Disidente: Nicéforo Guerrero. Relator: Franco Carreño.