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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319929
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2621
PATENTES, AMPARO EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2621
Si la sentencia de amparo contra la declaración de caducidad de una patente establece que son inconstitucionales los preceptos que establecen el procedimiento correspondiente, es claro que la Secretaría responsable en cumplimiento de dicha ejecutoria, debe poner en vigor la patente de referencia, mediante el pago de los derechos respectivos.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 54/49. Saucedo Reynaldo. 18 de marzo de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett. Ponente: Manuel Bartlett.