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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 319983
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 857
REVISION, REQUISITOS PARA LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 857
Para que la revisión prospere, es necesario que se impugnen todos y cada uno de los fundamentos y razones que se sustentan en la sentencia de primera instancia y que los agravios sean fundados, pues cuando no se objeta uno de los fundamentos del fallo, es innecesario estudiar los agravios, pues aun declarados fundados, necesariamente tiene que conformarse la sentencia, en virtud de que seguiría siendo regida por el fundamento que no puede estudiar oficiosamente la Sala.
Precedentes
Tomo CI, página 3372. Indice Alfabético. Amparo administrativo en revisión 2800/49. Alberto Betancourt Arturo. 27 de julio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Relator: Manuel Bartlett Bautista.
Tomo CI, página 857. Amparo administrativo en revisión 2746/49. Maquinaria de Occidente, S.A. 27 de julio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Relator: Manuel Bartlett Bautista.