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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320056
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2687
MILITARES, SOBREHABERES A LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2687
Basta que un militar, ya sea de guerra, auxiliar o de servicio, se halle encuadrado en alguna de las unidades de tropa a que se refiere una partida del presupuesto, para que tenga derecho al pago de sobrehaberes, si en tal partida no se hace distinción alguna en relación con las diversas clases de militares que señala el artículo 5o., de la Ley Orgánica del Ejército Nacional, sino simplemente se establece el beneficio de sobrehaberes, en favor de los militares que enumera.
Precedentes
Amparo administrativo 1173/48. Labastida Ramírez Baldomero. 23 de septiembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XCIX, página 308. Amparo 2210/48. Mondragón Casas Enrique. 24 de enero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XCVIII, página 630. Amparo administrativo en revisión 7595/47. Mejía Chaparro Rodolfo. 21 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XCVI, página 1662, tesis de rubro "MILITARES, SOBREHABERES A LOS.".