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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320059
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2890
EJIDOS, LOCALIZACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2890
Dada la posesión definitiva de las tierras ejidales, en ejecución de la resolución presidencial respectiva, el tratar de cambiar la localización, hecha conforme al plano debidamente aprobado, la modificación consiguiente de la localización y posesión que se realice, contraría los artículos 14 y 16 constitucionales, en virtud de que se desvirtuaría la seguridad jurídica inherente a las resoluciones agrarias ya cumplimentadas, en detrimento del respecto a las mismas y a la economía nacional en materia agrícola.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8269/49. Inukai Tomás y coags. 30 de septiembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett. Ponente: Franco Carreño.