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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320068
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 46
COMERCIOS, SUSPENSION CONTRA SU CLAUSURA CUANDO NO TIENEN LICENCIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 46
Es improcedente conceder la suspensión contra la clausura de un comercio, cuando no cuenta con la licencia respectiva, puesto que no es a través del juicio de garantías, por medio de la suspensión, como se puede subsanar la carencia de un requisito esencial como lo es, tratándose de un giro comercial, la falta de licencia.
Precedentes
Amparo administrativo, revisión del incidente de suspensión 1314/49. García Cienfuegos Virginia. 1 de Abril de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XCVIII, página 1009. Amparo administrativo en revisión del incidente de suspensión 122/48. Hernández González Teodomiro. 5 de noviembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca.
Tomo LXIV, página 222. Tesis de rubro "COMERCIOS, SUSPENSION CONTRA LA ORDEN DE CLAUSURA DE, POR CARECER DE LICENCIA.".
Tomo LXXXVIII página 1717. Tesis de rubro "COMERCIOS SIN LICENCIA, SUSPENSION EN CASO DE CLAUSURA DE.".
Nota: En el Tomo XCVIII, página 1009, la tesis aparece bajo el rubro "COMERCIOS SIN LICENCIA, SUSPENSION EN CASO DE.".