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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320118
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 868
PULQUE, LICENCIAS PARA EXPENDIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 868
Como el artículo 32 del Reglamento para Expendios de Pulque, Aguamiel y Tlachique, reviste al Departamento del Distrito Federal con la facultad en materia de apertura de expendios de pulque, para conceder o no licencias, la negativa a conceder una, no es violatoria de garantías, y no puede decirse que viola el artículo 4o. constitucional, porque la libertad de trabajo está supeditada a las disposiciones legales reglamentarias.
Precedentes
Amparo 914/49. Díaz Alvarez Margarita. 11 de mayo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XCIX, página 2066. Amparo en revisión 7925/48. Sierra Guillermo C. 18 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Octavio Mendoza González.