Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/320119
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320119
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 869
ELECTRICIDAD, SUSPENSION EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 869
Debe negarse el beneficio de suspensión en el amparo pedido contra la Ley de la Industria Eléctrica y su reglamento, por tratarse de una ley que es de utilidad pública.
Precedentes
Tomo C, página 2062. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 687/49. Pérez José Domingo y coagraviados. 20 de junio de 1949. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.
Tomo C, página 2062. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 191/49. Ruiz C. Sóstenes y coagraviados. 10 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo C, página 869. Amparo administrativo, revisión del incidente de suspensión 8170/48. Díaz González Manuel. 11 de mayo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Octavio Mendoza González.