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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320126
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1016
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, FACULTAD DEL DEPARTAMENTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1016
En los términos del decreto de treinta y uno de junio de mil novecientos cuarenta y tres, el artículo 15, fracción III, del Reglamento del Impuesto sobre la Renta, señala una excepción a las facultades del Departamento del Impuesto sobre la Renta, pues hecha la clasificación respectiva, por la Oficina Federal de Hacienda, la que debe durar dos años, sólo después de ellos podría hacerse la investigación a que se refiere dicho precepto, estando facultado para ello el citado departamento, por el artículo 117 del reglamento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 544/49. Fraga Pérez Eduardo. 6 de junio de 1949. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.