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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320127
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1021
MARCAS, REGISTRO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1021
La característica de singularidad, necesaria para conceder el registro de una marca, requiere circunstancias especiales y entre ellas, existe indudablemente el de originalidad, que consiste en que a la marca se le dé una forma diversa al usarla en productos similares, y de acuerdo con la ley, no es necesario para que determinado medio material pueda tenerse como marca, que éste sea o deje de ser simplista, ni que tenga o deje de tener alguna particularidad susceptible de distinción, respecto al objeto que ampare.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1572/49. Albert Goribar José. 6 de junio de 1949. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.