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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320154
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1457
MILITARES, PENSIONES Y COMPENSACION A LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1457
Las pensiones y las compensaciones son eminentemente disímbolas, ya que la primera es el derecho a una prestación en efectivo, a cargo del erario federal, y en cambio la segunda es el pago que se hace por una sola vez y en virtud de circunstancias especiales de aquellos que no tienen derecho a pensión. Por tanto, es improcedente apoyarse en los preceptos aplicables a una para exigir el agotamiento de un recurso cuando se trata del otro.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2032/49. Tapia viuda de Vargas Cecilia. 20 de junio de 1949. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.