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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 320155
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1463
CONFESION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1463
Cuando la confesión no es la única prueba, tiene que tomarse únicamente la parte que perjudica, porque en los puntos favorables, aun resultando probados, no es por la propia confesión por lo que se establece su evidencia, sino por las pruebas que la corroboran.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8803/48. Impulsora de Turismo,
S. A. 20 de junio de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.